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Parcelas Permanentes Convencionales
La Ley Forestal estipula en sus reglamentos que todas las áreas
bajo manejo forestal deben contar con un sistema de monitoreo de los bosques
aprovechados para evaluar su crecimiento, rendimiento y respuesta a los
tratamientos silviculturales que se apliquen. Por su lado, la normativa
indica que este monitoreo debe ser realizado a través de mediciones
repetidas de parcelas permanentes. El número de parcelas a ser
instaladas en un área bajo manejo forestal depende de la superficie
productiva que tenga el área, siendo que el número máximo
de parcelas permanentes a instalar es de 50 ha. Para mayores detalles
sobre las pautas a seguir para la instalación de parcelas permanentes,
ver punto 3.11 de la Norma Técnica 248/98 en la pagina web de la
Superintendencia
Forestal. Asimismo cabe mencionar que el Proyecto de Manejo Forestal
Sostenible (BOLFOR) elaboró la Guía
para la instalación de parcelas permanentes para facilitar
el establecimiento de las mismas. Esta metodología es la que se
ha utilizado para establecer la mayor parte de las parcelas permanentes
convencionales.
El
sistema de monitoreo definido por la Ley Forestal no ha sido implementado
satisfactoriamente debido principalmente a los altos costos que representan
la implementación y mantenimiento adecuado de las parcelas. Por
ejemplo, de las 560 hectáreas en parcelas permanentes que debían
ser instaladas en 1998 y 1999, solo 106 hectáreas fueron establecidas.
Asimismo de las parcelas establecidas en el país hasta la fecha,
solo alrededor del 30% puede ser utilizado para estimar tasas de crecimiento
y evaluar el rendimiento del bosque. La mayoría de estas parcelas
han sido instaladas con apoyo de una institución o proyecto externo
(por ejemplo, con apoyo del proyecto BOLFOR). El 70% restante presenta
problemas en su establecimiento, monitoreo, o en la calidad de los datos
obtenidos.
Las
dificultades en implementar el sistema de monitoreo han sido identificadas
por la Superintendencia Forestal. Para subsanar o disminuir los costos
del establecimiento de las parcelas, la Superintendencia Forestal adoptó
un procedimiento alternativo de instalación de parcelas por región
o formación de bosque, habiéndose identificado ocho regiones.
Los diferentes usuarios con bosques bajo manejo en una determinada región
pueden agruparse para instalar un número reducido de parcelas.
El grupo de concesionarios o propietarios debe contratar los servicios
de un organismo ejecutor para evaluar las parcelas. El organismo ejecutor
debe ser una institución con experiencia en este tipo de trabajo,
y debe ser reconocido por la Superintendencia Forestal. Hasta la fecha
solo existe un grupo de concesionarios que ha optado por este procedimiento.
Este grupo trabaja en la Chiquitania y recibe el apoyo de la Fundación
para la Conservación del Bosque Chiquitano, la Cámara
Forestal de Bolivia y el IBIF para el monitoreo de sus parcelas.
Mapa
de la Red Nacional de Parcelas
Permanentes
Hasta
el momento se tienen 137.75 ha de parcelas permanentes instaladas en las
principales ecoregiones del país en términos de producción
de madera. La mayoría de estas parcelas han sido remedidas dos
veces, pero algunas han sido remedidas hasta seis veces. Las parcelas
están siendo monitoreados cada dos años.
| Región |
Área bajo manejo |
Superficie total (ha) |
| Bosque Amazonico |
|
IMAPA |
2 |
| |
SAGUSA |
3 |
| |
Reserva El Tigre (propiedad Universidad Técnica del Beni) |
4 |
| |
CINMA |
2 |
| |
Mamoré |
2 |
| |
INFORCASA (en 3 concesiones) |
12 |
| Bosque Preandino Amazónico |
|
Aguas Negras |
6 |
| Jamanchi |
10 |
| TCO Tacana – San Pedro |
2 |
| Agrupaciones Sociales del Lugar: Caoba, Copacabana, Siete
Palmas, La Candelaria, San Antonio, AGROFORT |
8 |
| Bosque de Transición Chiquitana Amazónica |
|
CIMAL Guarayos |
17 |
| Taruma |
8 |
| San Luis |
1.5 |
| Bosque Chiquitano |
|
TCO CICOL |
18 |
| INPA |
6.25 |
| CIMAL Angel Sandoval |
3 |
| CIMAL ex San Miguel |
18 |
| Suto |
8 |
| CIMAL ex Marabol |
4 |
| |
TOTAL |
137.75 |
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